Viajes Imserso 2025: ¿Es posible reservar una vez termina el plazo?
Muchas personas jubiladas se preguntan si pueden aplicar al programa de viajes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales pasada la fecha límite de solicitud.
El programa de viajes del Imserso se ha convertido en una de las iniciativas más destacadas para promover el bienestar de las personas mayores en España. Más allá de ofrecer un simple descanso, brinda la oportunidad de disfrutar de viajes organizados a destinos diversos, manteniendo a los jubilados activos y conectados socialmente.
Este programa permite que miles de personas mayores descubran nuevas ciudades, compartan experiencias y vivan sus vacaciones de una manera accesible y enriquecedora.
No obstante, es necesario cumplir ciertos requisitos para acceder. Además, las plazas son limitadas y se deben reservar en un plazo determinado. Muchas personas se preguntan si es posible aplicar a las solicitudes pasada la fecha límite.
¿Cómo puedo hacer una reserva si ya ha acabado el plazo?
Las solicitudes y reservas de plazas para el Imserso se realizan durante los meses de agosto y septiembre. Sin embargo, la propia página web de la organización ha indicado que quedan plazas libres, por lo que aún es posible realizar reservas.
Para gestionar el proceso, se puede hacer a través de la página web oficial de Turismo Social o bien contactar con las agencias de viajes adheridas al programa del Imserso, como B the travel Brand, Halcón Viajes o Viajes El Corte Inglés. Estas empresas brindan asesoramiento y asistencia durante todo el proceso de reserva.
Es aconsejable revisar las políticas de cancelación y reembolso en caso de imprevistos, así como los detalles sobre el alojamiento, los servicios incluidos y la climatología de cada destino, ya que estos factores pueden afectar la elección de las fechas y la duración del viaje.
Requisitos para acceder al programa
Tal y como se indica en la sede electrónica del Programa de Turismo del Imserso, los españoles que quiera a acceder al programa deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
- Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
- Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
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